Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 145
DESIGNA - JULIA NATALIA CAMPOS - DIRECTORA GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL EDUCACIÓN DIGITAL - SUBSECRETARÍA TECNOLOGÍA EDUCATIVA Y SUSTENTABILIDAD - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
VISTO: La Ley N° 6292 (texto consolidado por Ley N° 6.588), los Decretos Nros. 463/19 y modificatorios, 55/23 y el Expediente Electrónico N° 12868132-GCABA- SSTES/23, y CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 6292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Educación; Que, por Decreto N° 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo contemplando a la Dirección General Educación Digital dependiente de la Subsecretaría Tecnología Educativa y Sustentabilidad del mencionado Ministerio; Que mediante Decreto N° 55/23 se aceptó la renuncia a partir del 31 de enero de 2023, presentada por la señora Rocío Soledad Fontana, D.N.I. N° 32.951.930, C.U.I.L. N° 27-32951930-4, al cargo de Directora General de la mentada Dirección General; Que, en consecuencia, la señora Ministra de Educación propicia la designación, a partir del 1° de abril de 2023, de la señora Julia Natalia Campos, D.N.I. N° 31.604.863, C.U.I.L. N° 27-31604863-9 como Directora General de la Dirección General Educación Digital dependiente de la Subsecretaría Tecnología Educativa y Sustentabilidad del Ministerio de Educación; Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Designar, a partir del 1° de abril de 2023, a la señora Julia Natalia Campos, D.N.I. N° 31.604.863, C.U.I.L. N° 27-31604863-9 como Directora General de la Dirección General Educación Digital dependiente de la Subsecretaría Tecnología Educativa y Sustentabilidad del Ministerio de Educación. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la interesada, dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 de la Ley N° 6.357 (Texto consolidado por Ley N° 6.588), comuníquese a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Miguel