Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 5411
Decreto-ley 5411/1958 - (DECRETO-LEY 5411/958)DECLARANDO DE UTILIDAD PUBLICA INMUEBLE UBICADO EN GENERAL SAN MARTIN.
DECRETO-LEY N? 5.411 Declarando de utilidad pública inmueble ubicado en General San Martín La Plata, 23 de abril de 1958. Visto el expediente 2.201-553, de 1957, elevado por el Ministerio de Obras Públicas, por el que se gestiona la expropiación de un in- mueble sito en la calle Rivadavia entre Fragueiro y Lutter, individua— lizado catastralmente como parcela 2, manzana 13 A, sección G, circunscripción VII, del partido de General San Martín, de propiedad de don Enrique Brude, ocupado por el Destacamento de Policía Ca- minera número 18, de la localidad de Ciudadela, y — Considerando: Que de lo informado por el Ministerio de Gobierno (Jefatura de Policía), surge la necesidad de contar con el referido inmueble, a fín de evitar las graves perturbaciones que ocasionaría al servicio que presta el Cuerpo de Camineros la eventualidad de un desalojo. Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 3° de la ley 5.708 y a los efectos de condicionar la expropiación, corresponde declarar la utilidad pública del citado bien. ‘ Por ello, atento lo informado por los mencionados ministerios y la Contaduría de la Provincia, y oídas las opiniones de los señores Asesor General de Gobierno y Fiscal de Estado, el Interventor Fede- : ral en la provincia de Buenos Aires, en ejercicio del Poder Legisla- tivo — DECRETA CON FUERZA DE LEY: Art. 19 Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el bien inmueble sito en la calle Rivadavia entre Fragueiro y Lutter, con superficie de ciento cincuenta y dos metros cuadrados con cin- cuenta decímetros cuadrados (152,50 m2), designado catastralmente como parcela 2, manzana 13 A, sección G, circunscripción VII del partido de General San Martín, de propiedad de don Enrique Brude, ocupado por el Destacamento de Policía Caminera número 18 de la localidad de Ciudadela. Art. 22 El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, será atendido con cargo al Plan de Obras Públicas 1958, Anexo III, Item 13, Unidad de Obras 54, o en la forma que lo determinen los respectivos planes de trabajos públicos. Art. 32 El presente deereto-ley será refrendado por todos los ministros secretarios en Acuerdo General. Art. 42 Previa notificación del señor Fiscal de Estado, comuní- quese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial”, debiendo co- municarse oportunamente a la Honorable Legislatura. BONNECARRERE. . Jarme E. Ruiz, Juan R. AGUIRRE LANARI, E. Cortés, RODOLFO A. EYHERABIDE, E. Z. DE DECURGEZ, A. R. REYNAL O'CONNOR. | -