Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 279
MODIFICA DEPENDENCIA FUNCIONAL DEL CONSEJO SOCIAL - ACTUARÁ EN LA ÓRBITA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS Y DESCRIPCIÓN DE ACCIONES - ORGANIGRAMA - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - TRANSFIERE PERSONAL PATRIMONIO Y PRESUPUESTO
VISTO: La Ley N° 6.292 (Texto consolidado por Ley N° 6.588), el Decreto N° 463/19 y modificatorios, y el Expediente Electrónico N° 35807918-GCABA-DGAJRH /23, y CONSIDERANDO: Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo; Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos, promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos administrativos, así como reorganización de las estructuras orgánico funcionales; Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat y la Jefatura de Gabinete de Ministros; Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General; Que por el Decreto N° 455/22 se modificó la estructura orgánico funcional de la Jefatura de Gabinete de Ministros; Que por el Decreto N° 240/23 se modificó la estructura orgánico funcional del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat; Que, de acuerdo a la gestión de gobierno, resulta conveniente modificar la dependencia funcional del Consejo Social, que actuará en la órbita del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, quedando modificada parcialmente su estructura organizativa y, en consecuencia, de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Modificar, a partir del 1 de octubre de 2023, la dependencia funcional del Consejo Social, que actuará en la órbita del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, de acuerdo a lo establecido en los