Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 322

DESIGNA DIRECTORA GENERAL - CECILIA PAULA STEGER - DIRECCIÓN GENERAL CULTURA DEL SERVICIO PÚBLICO - SECRETARIA DE TRANSFORMACIÓN CULTURAL - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Estado no verificadoPublicación B.O.: 20/10/2021Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado según Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 463/19 y modificatorios, y 310/21, y el Expediente Electrónico N° 30838028-GCABA- SECTC/21, y CONSIDERANDO: Que por Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo a la Jefatura de Gabinete de Ministros; Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Dirección General Cultura del Servicio Público, dependiente de la Secretaria de Transformación Cultural de la Jefatura de Gabinete de Ministros; Que, encontrándose vacante dicho cargo, el señor Jefe de Gabinete de Ministros propicia la designación a partir del 1° de octubre de 2021, de la señora Cecilia Paula Steger, D.N.I. N° 33.316.675, C.U.I.L. N° 27-33316675-0; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 1 de octubre de 2021, a la señora Cecilia Paula Steger, D.N.I. N° 33.316.675, C.U.I.L. N° 27-33316675-0, al cargo de Directora General de la Dirección General Cultura del Servicio Público, dependiente de la Secretaria de Transformación Cultural de Jefatura de Gabinete de Ministros. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la interesada, dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 de la Ley N° 6.357, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos pase a Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel