Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9298

Decreto-ley 9298/1979 - DESAFECTACION Y POSTERIOR DONACION DE TROZO DE TIERRA FISCAL EN LA LOCALIDAD DE VILLA BOSCH, PDO.DE TRES DE FEBRERO, CON DESTINO A LA MUNICIPALIDAD PARA CONSTRUCCION DE EDIFICIO EDUCATIVO.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 24/04/1979
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Decreto-ley 9298/1979 DECRETO-LEY 9298/79 LA PLATA, 10 de ABRIL de 1979. VISTO lo actuado en el expediente número 2200-25.284/64 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, apartados 2.3. y 4.4. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Desaféctase de su destino originario - reserva le uso público - la fracción de tierra fiscal, ubicada en la Localidad de Villa Bosch, Partido de Tres de Febrero, identificada catastralmente como: Circunscripción IV, Sección B, Manzana 85, Parcela 1, inscripto su dominio al Folio 859/67 del Registro del Partido mencionado, a nombre de la Provincia de Buenos Aires. ARTÍCULO 2.- Dónase a la Municipalidad de Tres de Febrero la fracción de tierra fiscal descripta en el artículo anterior con destino al funcionamiento de un establecimiento educativo. ARTÍCULO 3.- Si se cambiare el destino previsto en el artículo anterior se producirá la revocación de la donación y reversión del dominio a la Provincia con todo lo plantado y adherido al suelo, sin derecho a reclamo e indemnización alguna por las mejoras introducidas. ARTÍCULO 4.- Extiéndase por ante la Escribanía General de Gobierno la pertinente escritura de protocolización de las actuaciones administrativas, con la sola comparecencia del representante legal de la donataria. ARTÍCULO 5.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.