Provincia de Buenos Aires · Ley N° 10798

Ley 10798/1989 - DECLáRASE DE UTILIDAD PúBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIóN UN INMUEBLE UBICADO EN LA CIUDAD DE BAHíA BLANCA, PARTIDO DEL MISMO NOMBRE DESTINADO A LA CONSTRUCCION DE UN NUEVO EDIFICIO PARA LA ESCUELA PROVINCIAL Nº 12 "ALMIRANTE BROWN" DEL BARRIO VILLA MITRE.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 13/09/1989
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 10798 LEY 10798 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la ciudad de Bahía Blanca, Partido del mismo nombre, cuya Nomenclatura Catastral es la siguiente: Circunscripción II, Sección D, Manzana 302-J, Parcela 23, Partida N° 15.761, inscripto en el Registro de la Propiedad al F° 1008/48, a nombre de José Morresi y/o de quien resulte ser su legítimo propietario. ARTICULO 2.- El citado inmueble será destinado a la construcción de un nuevo edificio para la Escuela Provincial N° 12, “Almirante Brown”, del Barrio Villa Mitre, de la ciudad de Bahía Blanca. ARTICULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley será imputado con cargo al Presupuesto Vigente, Carácter 2, Jurisdicción 09, Unidad de Organización 1, Item 05, Finalidad 4, Función 02, Programa 05, Sección 2, Sector 06, Partida Principal 10, Partida Parcial 1. ARTICULO 4.- Autorízase al Organismo de Aplicación a compensar las deudas que pesaren sobre el inmueble expropiado originadas en impuestos o contribuciones de orden provincial con el monto expropiatorio. ARTICULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.