Provincia de Buenos Aires · Ley N° 14467

Ley 14467/2013 - DECLáRASE DE UTILIDAD PúBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIóN UN INMUEBLE UBICADO EN LA LOCALIDAD SAN ANTONIO DE PADUA, PARTIDO DE MERLO, EL QUE SERá DONADO A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL OESTE.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 25/02/2013
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Ley 14467 LEY 14467 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1º: Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la localidad San Antonio de Padua , partido de Merlo, designado catastralmente como: Circunscripción I, Parcela 32a, inscripto su dominio en la Matrícula N º 46.756 a nombre de Remo Lino Fiorani y otra y/o quién o quienes resulten ser sus legítimos propietarios. ARTÍCULO 2º: El inmueble expropiado será donado a la Universidad Nacional del Oeste a fin de que se instale en el mismo, dentro de los cinco (5) años desde la toma de posesión por ésta, la sede de la referida Universidad. ARTÍCULO 3º: La donación establecida por el artículo anterior deberá ser aceptada por la Universidad Nacional del Oeste, incorporándose, a partir de dicho acto, al Patrimonio de la misma. ARTÍCULO 4º: Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Recursos las adecuaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente. ARTÍCULO 5º: Autorízase al Poder Ejecutivo para solicitar se requiera la posesión inmediata del bien declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación, de conformidad a lo prescripto en el artículo 23 y concordantes de la Ley 5.708 – de Expropiaciones- (texto ordenado por Decreto 8523/86) y modificatorias ARTÍCULO 6º: Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata , a los trece días del mes de diciembre del año dos mil doce.