Provincia de Buenos Aires · Ley N° 14979

Ley 14979/2017 - SUSPENDE POR 180 DÍAS TODAS LAS ACCIONES JUDICIALES, TRÁMITES Y/O DILIGENCIAS QUE TENGAN POR OBJETO ORDENAR Y/O EJECUTAR EL DESALOJO DEL CENTRO DE MEDICINA FÍSICA Y REHABILITACIÓN (CEMEFIR) UBICADO EN LA LOCALIDAD DE SAN JUSTO, PARTIDO DE LA MATANZA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 31/10/2017
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 14979 LEY 14979 EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES  SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1°.- Suspéndese por el plazo de ciento ochenta (180) días contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, todas las acciones judiciales, trámites y/o diligencias que tengan por objeto ordenar y/o ejecutar el desalojo del Centro de Medicina Física y Rehabilitación (CEMEFIR), ubicado en la calle Perú N° 2433 de la localidad de San Justo, partido de La Matanza. ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete.