Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 285

SANCIONA CON CESANTÍA - AGENTE - IVÁN MATÍAS NÚÑEZ PÉREZ - SUMARIO ADMINISTRATIVO N° 118/20

Estado no verificadoPublicación B.O.: 11/10/2023Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y su modificatoria Ley N° 6.544, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 (textos consolidados por Ley N° 6.588), la Resolución N° 1622-MEDGC/20, el Expediente Electrónico N° 35470754-GCABA-ESC201475/19, y CONSIDERANDO: Que por la Resolución N° 1622-MEDGC/20 se dispuso la instrucción de un Sumario Administrativo, a fin de investigar los hechos y deslindar las responsabilidades que pudieran corresponder con relación a presuntas conductas irregulares en que habría incurrido el docente Iván Matías Núñez Pérez (D.N.I. N° 38.601.103 F.C. N° 491.747), en su carácter de docente de la Escuela Técnica N° 33 "Fundición Maestranza del Plumerillo" Distrito Escolar N 19°, con relación a su proceder con la alumna M.C.D.; Que, abierta la etapa de instrucción, en mérito de los antecedentes y de las pruebas recabadas, se decretó el llamado a prestar declaración indagatoria del mencionado docente Iván Matías Núñez Pérez, quien compareció a la audiencia fijada; Que habida cuenta de las constancias obrantes, se le formuló el respectivo cargo administrativo; Que la Junta de Disciplina tomó intervención de su competencia y acordó con el cargo formulado por la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires; Que el agente en cuestión, que fue debidamente notificado del cargo formulado como así también de su derecho a tomar vista de las actuaciones para ofrecer descargo y prueba, presentó su descargo formal; Que habiendo sido notificado del plazo para alegar, el agente Iván Matías Núñez Pérez no hizo uso del mismo, dándosele por decaído su derecho; Que no restando medidas de prueba pendientes de producción, se dispuso la clausura de la etapa de instrucción; Que la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en su Dictamen Jurídico identificado como N° IF-2023-26525825- GCABA-DGSUM, luego de un pormenorizado análisis de los hechos, el descargo formulado por el agente, la prueba colectada y teniendo por probada la ocurrencia de los hechos disvaliosos aconsejó sancionar con cesantía al agente Iván Matías Núñez Pérez (D.N.I. N° 38.601.103 - F.C. N° 491.747) por haber sido hallado responsable del cargo formulado en el Sumario Administrativo N° 118/20 y con ello transgredir los deberes impuestos en el artículo 6°, inciso c) del Estatuto Docente Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y su modificatoria Ley N° 6.544, así como las obligaciones contempladas en el artículo 73 del Reglamento Escolar implementado por Resolución N° 4776-MEGC/06 en sus puntos 5 y 15, quedando aprehendida su conducta en la causal del artículo 36, inciso f), del citado Estatuto del Docente; Que el Procurador General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires acordó con la sanción aconsejada; Que la Junta de Disciplina tomó nuevamente intervención mediante Dictamen de Firma Conjunta N° IF-2023- 29064927-GCABA-DGCDO, coincidiendo con la sanción expresada por la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires; Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional dependiente del Ministerio de Educación ha tomado intervención atento su competencia; Que, conforme surge de los actuados, el docente no se encuentra amparado con mandato gremial consagrado por la Ley Nacional N° 23.551; Que atento ello, lo dictaminado oportunamente por la Procuración General de la Ciudad y la valoración efectuada sobre los elementos probatorios y demás constancias obrantes en autos, corresponde se dicte el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 38 de la Ordenanza N° 40.593, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Sancionar con cesantía al agente Iván Matías Núñez Pérez (D.N.I. N° 38.601.103 - F.C. N° 491.747) por haber sido hallado responsable del cargo formulado en el Sumario Administrativo N° 118/20, y con ello transgredir los deberes establecidos en el artículo 6°, inciso c) del Estatuto Docente Ordenanza N ° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y su modificatoria Ley N° 6.544, así como las obligaciones contempladas en el artículo 73 del Reglamento Escolar implementado por Resolución N° 4776-MEGC/06 en sus puntos 5 y 15, quedando aprehendida su conducta en la causal del artículo 36, inciso f), de la citada Ordenanza. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese al señor Iván Matías Núñez Pérez (D.N.I. N° 38.601.103 - F.C. N° 491.747), en los términos del artículo 63 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 (texto consolidado conforme Ley N° 6.588), con copia del Dictamen IF-2023-26525825- GCABADGSUM, haciéndole saber que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de que podrá articular dentro del plazo de diez (10) días hábiles, el recurso de reconsideración de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y su modificatoria por Ley N° 6.544, o el recurso previsto en el artículo 464 del Código Contencioso Administrativo y Tributario, aprobado por Ley N° 189 (texto consolidado por Ley N° 6588). Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional dependiente del Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Miguel