Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9996

Decreto-ley 9996/1983 - OPERACIONES DE CREDITO CON DESTINO A FINANCIAMIENTO DE OBRAS VIALES. (DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD-DEUDA-CONTRATO DE PRESTAMO)

Estado no verificadoPublicación B.O.: 14/09/1983
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Decreto-ley 9996/1983 DECRETO-LEY 9996/83 LA PLATA, 25 de julio de 1983. VISTO lo actuado en el expediente número 2300-5785/83 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE L E Y ARTICULO 1.- La Dirección de Vialidad asumirá la deuda emergente del contrato de préstamo y fideicomiso que por la suma de CIEN MILLONES DE DOLARES ESTADOUNIDENSES ( U$S 100.000.000) y sus accesorios, celebrara el Poder Ejecutivo con el Banco de la Provincia de Buenos Aires con fecha 9 de junio de 1980, a fin de poder convenir con la citada Institución, operaciones de crédito en los términos del artículo 13 de la Ley 9911. ARTICULO 2.- La Dirección de Vialidad deberá también obligarse con el Banco de la Provincia de Buenos Aires respecto de las sumas que deban satisfacerse, vinculadas con el contrato de préstamo por CIEN MILLONES DE DOLARES ESTADOUNIDENSES ( U$S 100.00.000) suscripto por el Pode Ejecutivo con Manufacturers Hanover Trust con aval del Banco de la Provincia. Las operaciones deberán ajustarse a las determinaciones del artículo 13 de la Ley 9911. ARTICULO 3.- Por las obligaciones que la Dirección de Vialidad asume en virtud de la aplicación de los artículos 1 y 2 de la presente ley, la Provincia de Buenos Aires queda obligada como avalista. ARTICULO 4.- Para el cumplimiento de la presente ley libérase al Banco de la Provincia de Buenos Aires de las limitaciones de la Ley 9434. ARTICULO 5.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.