Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 222

DESIGNA - TITULAR - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - UPE - COMPETENCIAS SANITARIAS JURISDICCIONALES - MARÍA FLORENCIA FLAX MARCÓ - MINISTERIO DE SALUD

Estado no verificadoPublicación B.O.: 28/05/2024Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley N° 6684, los Decretos Nros. 387/23 y modificatorios, 204/24, el Expediente Electrónico N° 18237571-GCABA-DGAYDRH/24, y CONSIDERANDO: Que por Ley N° 6684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Salud; Que, por Decreto N° 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 204/24 se modificó, a partir del 1° de abril de 2024, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Salud, creándose la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Competencias Sanitarias Jurisdiccionales en la órbita del Ministerio de Salud, y cuyo/a titular tendrá retribución equivalente a Subsecretario/a; Que, en consecuencia, el señor Ministro de Salud propicia la designación, a partir del 1° de abril de 2024, de la Lic. María Florencia Flax Marcó, D.N.I. N° 22.179.091, C.U.I.L. N° 27-22179091-5, como Titular de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Competencias Sanitarias Jurisdiccionales, en la órbita del Ministerio de Salud; Que, conforme a lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°. - Designar, a partir del 1° de abril de 2024, a la Lic. María Florencia Flax Marcó, D.N.I. N° 22.179.091, C.U.I.L. N° 27-22179091-5, como Titular de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Competencias Sanitarias Jurisdiccionales, en la órbita del Ministerio de Salud, con retribución equivalente a Subsecretaria, reteniendo sin percepción de haberes la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 2°. - El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Salud y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la interesada dejando constancia de que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 de la Ley N° 6357 (texto consolidado según Ley N° 6588). Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Oficina de Integridad Pública y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. MACRI - González Bernaldo de Quirós - Grindetti