Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6675
Ley 6675/1961 - ACORDANDO SUBSIDIO A LA CLINICA DE OBREROS Y EMPLEADOS MARPLATENSE C.O.E.M.A.R.
Ley 6675 LEY 6675 Acordando subsidio a la clínica de obreros y empleados marplatense “ C.O.E.M.A.R .” EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a otorgar la suma de dos millones de pesos moneda nacional ($ 2.000.000 m/n ), a la Clínica de Obreros y Empleados Marplatenses “ C.O.E.M.A.R .”, en calidad de subsidio, para los siguientes fines: a) Ampliación de los servicios asistenciales; b) Refecciones en el edificio en que está instalada la clínica para adecuarlo a los servicios que presta. ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se tomará de Rentas Generales con imputación a la misma. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.