Provincia de Buenos Aires · Ley N° 11549
Ley 11549/1994 - DECLARA DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION INMUEBLES UBICADOS EN EL PARTIDO DE CORONEL SUAREZ PARA LA CONSTRUCCION DE UNA ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO DE NIVEL PRIMARIO.
Ley 11549 LEY 11549 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles sitos en la localidad de Huanguelén, partido de Coronel Suárez, identificados catastralmente como: Circunscripción X, Sección A, Manzana 68, parcelas 6 y 7, con una superficie de 895,50 m 2 y 1.000 m 2 respectivamente y cuyos dominios obran inscriptos bajo el Folio 936/17, del partido de Coronel Suárez, a nombre de Ramón Aldrey y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios. ARTICULO 2.- Los inmuebles expropiados serán transferidos a la Dirección General de Escuelas y Cultura de la Provincia de Buenos Aires, con destino a la construcción de un establecimiento educativo de nivel primario. ARTICULO 3.- Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio vigente, las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente ley. ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.