Provincia de Buenos Aires · Ley N° 8191
Ley 8191/1974 - PRESUPUESTO DE EROGACIONES, EJERCICIO 1974, DE LA CORPORACION DE FOMENTO DEL VALLE BONAERENSE DEL RIO COLORADO (C.O.R.F.O.- CORFO)
Reformas y relaciones normativas
1Ley 8191 LEY 8191 Presupuesto de erogaciones para el Ejercicio 1974 de la Corporación de Fomento del Valle Bonaerense del Río Colorado ( C.O.R.F.O -Río Colorado) EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Fíjase en la suma de treinta millones ciento ochenta mil pesos ($ 30.180.000) el Presupuesto de Erogaciones para el Ejercicio 1974 de la Corporación de Fomento del Valle Bonaerense del Río Colorado ( C.O.R.F.O . - río Colorado), de acuerdo a la siguiente discriminación:
Sección 1 - Erogaciones
Corrientes……………….. $ 11.886.000
Sección 2 - Erogaciones
de Capital……………… $ 18.294.000 Total Erogaciones………………... $ 30.180.000 La apertura analítica se detalla en planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ley. ARTÍCULO 2.- Estímase en la suma de treinta millones ciento ochenta mil pesos ($ 30.180.000) el Cálculo de Recursos destinados a atender las erogaciones a que se refiere el artículo anterior, de acuerdo a la siguiente distribución: Recursos Específicos $ 30.180.000 Ingresos Corrientes $ 30.180.000 De Jurisdicción Provincial $ 30.180.000 Otros Ingresos $ 30.180.000 Canon de Riego $ 7.880.000 Superávit Años Anteriores $ 400.000 Aportes de la Provincia de Buenos Aires $ 19.000.000 Del Ejercicio $ 19.000.000 Otros $ 2.900.000 ARTÍCULO 3.- Sobre la base de lo establecido en los artículos precedentes, estímase el siguiente balance preventivo: CONCEPTO Erogaciones (Artículo 1º)…………………………………………. $ 30.180.000 Recursos (Artículo 2º)…………………………………………….. $ 30.180.000 ARTÍCULO 4.- Fíjanse los importes diferidos según la siguiente discriminación: CONCEPTO EJERCICIOS 1975 1976 Futuros TOTAL Bienes de Capital 2.160.000 1.950.000 1.880.000 5.990.000 Trabajos Públicos 11.800.000 11.700.000 17.400.000 40.900.000 TOTAL…………… 13.960.000 13.650.000 19.280.000 46.890.000 ARTÍCULO 5.- Las facultades otorgadas al Administrador General de la C.O .R.F.O -Río Colorado por el artículo 13, a ). 4) del Decreto 2448/73, Reglamentario de la Ley 7948, para realizar transferencias de créditos dentro del Presupuesto de la Corporación , serán válidas en el presente Ejercicio con las limitaciones que fijan los artículos 10 y 11 de la Ley de Presupuesto 8167. ARTÍCULO 6.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. NOTA: Las Planillas Anexas pueden ser consultadas en nuestro sitio web en su versión PDF .