Provincia de Buenos Aires · Ley N° 11409
Ley 11409/1993 - MODIFICA LEY 11376, OBRAS DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO EN LOS SECTORES VIAL HIDRAULICO.
Ley 11409 LEY 11409 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Modifícase el artículo 1º de la Ley 11.376, el que quedará redactado de la siguiente forma: "Artículo 1° - Autorízase al Poder Ejecutivo a endeudarse hasta la suma equivalente a seiscientos millones de dólares estadounidenses (U$S 600.000.000) a efectos de realizar obras de infraestructura y equipamiento en los sectores Vial, Hidráulico, Salud, Educación, Seguridad, Saneamiento Ambiental y demás que se requieran para la ejecución de programas sociales en la zona no comprendida por los partidos indicados en el artículo 6 de la Ley 11247, con ajuste al Plan de Inversiones que se apruebe por ley. Dicho plan de inversiones será elaborado por el Poder Ejecutivo, con la participación de los Intendentes y Legisladores de los partidos no comprendidos en el Fondo del Conurbano Bonaerense, reunidos por
Sección Electoral; y deberá contener monto de cada obra, plazo de ejecución
estimado y fuente de financiamiento prevista para su realización. El treinta (30%) por ciento de las obras a realizar, deberán satisfacer necesidades exclusivamente Distritales. Las mismas se ejecutarán con fiscalización de los Municipios respectivos". ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.