Nación · Ley N° 13216

Ley 13216 - OBJETO CUMPLIDO-APRUEBA CONVENIO DE DESBLOQUEO DE FONDOS CON FRANCIA

Estado no verificadoSanción: 29/07/1948Publicación B.O.: 07/08/1948Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 13.216 Ley 13.216 Desbloqueo de fondos. Bs. As., 29/7/1948 Por cuanto: EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION ARGENTINA, REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: Artículo 1º - Apruébase el convenio relativo a desbloqueo de fondos, realizado mediante cambio de notas de fecha 5 de julio de 1946, firmadas por los plenipotenciarios de los Gobiernos de la República Argentina y de la República de Francia. Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la sala de sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a veintitrés de julio de mil novecientos cuarenta y ocho. - J. H. QUIJANO. - H. J. CAMPORA. - Alberto H. Reales. - L. Zavalla Carbó. Registrada bajo el Nº 13.216 POR TANTO: Téngase por ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Registro Nacional y archívese. PERON. - Juan A. Bramuglia. Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto