Provincia de Buenos Aires · Ley N° 7131
Ley 7131/1965 - CRÉASE UNA ALCALDÍA EN EL PARTIDO DE CORONEL DORREGO CON ASIENTO EN LA LOCALIDAD DE ORIENTE.
Estado no verificadoPublicación B.O.: 10/12/1965
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Ley 7131 LEY 7131 Creando una Alcaldía en el Partido de Coronel Dorrego. EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Créase una Alcaldía en el Partido de Coronel Dorrego con asiento en la localidad de Oriente y cuya jurisdicción territorial comprenderá los cuarteles 12, 13, 14 y 15 del mismo. ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se imputará al Anexo XVI, Crédito para el cumplimiento de Leyes Especiales, del Presupuesto de Funcionamiento. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.