Nación · Ley N° 24829

Ley 24829 - EXIMESE DEL PAGO DE DERECHOS DE IMPORTACION Y DEMAS TRIBUTOS AL EQUIPAMIENTO MEDICO Y MOBILIARIO PARA LOS HOSPITALES DE NIÑOS DE LA SANTISIMA TRINIDAD - CORDOBA, CAPITAL GENERAL DE AGUDOS ' JULIA A. PERRANDO CASTELAN' - RESISTENCIA; GENERAL ' DOCTOR HORACION HELLER' - NEUQUEN, CAPITAL; Y GENERAL DE AGUDOS 'EL MILAGRO' - SALTA, CAPITAL EN EL MARCO DE LAS OPERACIONES APROBADAS POR LOS DECRETOS 1091/96 Y 1093/93 DESTINADAS AL PROGRAMA DE REHABILITACION DE LA INFRAESTRUCTURA DE SALUD

Estado no verificadoSanción: 04/06/1997Publicación B.O.: 23/06/1997Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 24.829 del 04/06/97 PROGRAMA DE REHABILITACION DE LA INFRAESTRUCTURA DE SALUD Ley 24.829 Exímese del pago de derechos de importación y demás tributos, al equipamiento medico y mobiliario, para los hospitales de niños de la Santísima Trinidad-Córdoba, capital; General de Agudos "Julio A. Perrando Castelan" Resistencia; General "Doctor Horacio Heller" Neuquén, capital; y General de Agudos "El Milagro" - Salta, capital. Sancionada: Junio 4 de 1997. Promulgada: Junio 18 de 1997. B.O.: 23/06/97 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º- Exímese del pago del derecho de importación, de las tasas de estadística y de comprobación de destino y del impuesto al valor agregado, al equipamiento médico y mobiliario que se importe para los hospitales de niños de la Santísima Trinidad-Córdoba, capital-; General de Agudos "Julio A. Perrando Castelan"- Resistencia, provincia del Chaco-; General "Doctor Horacio Heller"-Neuquén, capital-, y General de Agudos "El Milagro"-Salta, capital-, en el marco de las operaciones aprobadas por los decretos 1091/96y 1093/96,destinadas al Programa de Rehabilitación de la Infraestructura de Salud, Arg/93/038. ARTICULO 2º- Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE. -REGISTRADA BAJO EL Nº 24.829- ALBERTO R. PIERRI.-CARLOS F. RUCKAUF. -Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. -Edgardo Piuzzi. Decreto 551/97 Bs. As., 18/6/97 POR TANTO: Téngase por Ley de la Nación Nº 24.829, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a 1a Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -MENEM.- Jorge A. Rodríguez.- Alberto J. Mazza.- Roque B. Fernández.