Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 12769

Decreto-ley 12769/1957 - (DEC-LEY 12769/957) SUBSIDIO A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA PARA SUS PLANES DE ACCION SOCIAL Y EXTENSION UNIVERSITARIA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 30/07/1957
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

S A EN IP Le IR O UT DECRETO - LEY NI! U.769 U D a A i Acordando subsidio a la Universidad Nacional de La Plata ar Departamento de HaiCienda, Economía y Previsión. et cr La Plata, 24 de julio de 1957. Se B e Visto la presentación efeCtuada por.la Universidad Nacional de d La Plata, la que es apoyada por el Ministerio de Hacienda, Economía A ir Previsión, y - . . R A Considerando: M Quelanombra,da Casa de ~studios solicita se incremente el sub- A de C '.sidio anual que percibe 00 virtud de 10 prescriptoen las leyesilú- E IA L B C meros: '5.540 y 5;801, para el desarrollo de planes de acción social y extensión universitaria; Que las razones aportadas para sostener tal petición son perfec. tamente atendibles y fundadas. por cuanto desde el año 1949 (en que fué acordado el beneficio por Ley número 5.540) a la fecha, ha aumentado visiblemente la población estudiantil, como así los costos de los productos y pago del personal necesario para hacer efectivos A DO a los servicios sociales y culturales a cargo de esa Universidad; aten- S A tiv ción de Comedor Universitario; Dirección General de Sanidad; Sec- IR S ción de Publicaciones; División Radio; Departamento de Extensión O UT isla Cultural; ES Que no obstante ello, la suma solicitada no puede acordarse como EN IP eg incremento del beneficio que determinan las leyes' numeras 5.540 y 5.801, por cuanto en ellas se establece una contribución fija, en U D L relación con los fondos que ingresan de acuerdo a lo percibido por ria apHcación de dichas normas, legales; Que a pesar de lo expuesto, esta Intervención Nacional no puede ta ¡permanecer ajena a un llamado de tanta importancia como es el for- e mulado por tan alta Casa de Estudios en bien de su estudiantado cr e indirectamente de la población de la' Provincia. Por ello, el Interventor Federal de la provincia de Buenos Aires, Se de en Ejercicio del Poder Legislativo- A DECRETA OON FUERZA DE LEY: R A B Art. 19 Acuérdase a la Universidad Nacional de La Plata un M subsidio extraordinario y por una sola vez, de dos millones de pesos A de moneda nacional ($ 2.000.000 m/n.), destinado a cumplir sus planes C de acción social y extensión universitaria. E IA Art. 29 Los fondos necesarios para hacer efectivo el beneficio L B C que se acuerda por el presente Decreto-Ley serán tomados del Ane- A IN xo X «Subsidios, Subvenciones y Contribuciones del Estado», Pre- R V supuesto 1957. O O N Arto 39 El presente Decreto-Ley será refrendado por todos los R O ministros en Acuerdo General. ' P H Art. 49 Dése cuenta oportunamente a la Honorable Legislatura. la Art. 59 Comuníquese, publíquese, dése al Registro y «Boletín de Oficial» y archívese. BüNNECARRERE. E. CORTÉS, JUAN R. AGUIRRE LANARI, JAIME E. RUIZ, RODOLFo A. EYHERABIDE, E. Z. DE DECURGEZ, A. R. REYNAL Ü'OONNOR.