Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6965

Ley 6965/1964 - EXPROPIACION CON DESTINO AL FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA SECUNDARIA Nº 1 Y ESCUELA DIFERENCIADA Nº 3 , DE WILDE, AVELLANEDA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 22/12/1964
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 6965 LEY 6965 Expropiación con destino al funcionamiento de la Escuela Secun­daria 1 y Escuela Diferenciada 3, de Wilde, Avellaneda. NOTA: Ver Ley 7102 (Ref: desafecta lo establecido en el art. 1). EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujetos a expropiación, con todo lo asentado y plantado, los inmuebles ubicados en la locali­dad de Wilde, partido de Avellaneda, nomenclados catastralmente como Circunscripción I, Sección U, Manzana 8, Parcelas: 8ª; 15; 16 y 17, Guía de Contribuyentes del Impuesto Inmobiliario, Partidas 19.062; 19.063; 19.064 y 19.065, inscriptos en el Registro de la Propiedad, Registro del partido de Avellaneda bajo los números 496/1959; 178/1964; 2.028/1939 y 2.027/1939, respectivamente, de propiedad de Domingo Héctor Edmundo Merlino y Checchi; Damián Pedro Ense­nat; Serafín Bovone y Gerardo Santos Ben; o quien o quienes resulten ser sus legítimos titulares de dominio. ARTÍCULO 2.- Los inmuebles a que se refiere el artículo 1º serán desti­nados al funcionamiento de la Escuela Secundaria número 1 y a la Escuela Diferenciada número 3 del distrito de Avellaneda. ARTÍCULO 3.- El Ministro de Educación y la Dirección General de Escuelas, establecerán de común acuerdo y teniendo en cuenta las mutuas necesidades, la superficie y el dominio que dentro de lo ex­propiado, se destinará a cada uno de los establecimientos. ARTÍCULO 4.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará al Anexo XIII, Crédito para el cumplimiento de leyes especiales del Presupuesto de Capital vigente. ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.