Provincia de Buenos Aires · Ley N° 11804

Ley 11804/1996 - MODIFICA LEY 11660, REF:CONDONA DEUDA POR IMPUESTO INMOBILIARIO Y TASA DE OBRAS SANITARIAS EN INMUEBLES DESTINADOS A VIVIENDA PROPIA CON FINANCIACION DEL BANCO HIPOTECARIO NACIONAL.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 02/07/1996
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 11804 LEY 11804 Texto Actualizado con la modificación introducida por Ley 11864. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Modifícase el artículo 1º de la Ley 11660, el que quedará redactado de la siguiente forma:

(Texto según Ley 11864)

“Artículo 1.- Condónase la deuda por Impuesto Inmobiliario y tasas de Obras Sanitarias de aquellos inmuebles destinados a vivienda propia y construidos mediante financiación del Banco Hipotecario Nacional, con anterioridad a la vigencia de la presente Ley, incluidos en las operatorias globales denominadas H.N . 660, H.N . 670, H.N . 700 (reactivación variante II) y H.N . 311. El beneficio establecido precedentemente comprende las obligaciones devengadas hasta el momento de la firma de la escritura y teniendo como fecha tope la establecida en la Ley 11660, modificada por Ley 11805 y se hará efectivo a petición del Banco Hipotecario Nacional.” ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.