Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 5792
Decreto-ley 5792/1962 - (DEC-LEY 5792/62) EMISION DE LETRAS DE TESORERIA CON DESTINO A CANCELAR PASIVOS DE LOS EJERCICIOS 1959 A 1961.
LEGISLATURA DE BUENOS AIRES DECRETO LEY 5.792 Emisión de Letras de Tesorería con destino a cancelar pasivos de los Ejercicios 1959 a 1981 Departamento de Economía y Hacienda. La Plata, 10 de agosto de 1962. Visto el informe sobre la situación financiera de la Provincia producido por el señor Ministro de Economía y Hacienda aprobado por Acuerdo de Ministros número 4.934, del 24 de julio último, y Considerando: Que la situación financiera por la que atraviesa la ejecución presupuestaria, aconseja arbitrar medios de carácter especial con el objeto de poder afrontar los compromisos acumulados y produ- cir de esta manera un alivio al Estado y a la situación de los acree- dores; Que los compromisos existentes no sólo pertenecen al ejercicio corriente sino que gran parte de ellos provienen de años anteriores; Que en tanto por un lado la Ley de Contabilidad, en su artícu- lo 65 autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar operaciones de crédito mediante la negociación de Letras de Tesorería o con la caución de títulos de la Deuda Pública, con el objeto de procurarse los fondos necesarios con destino al pago de los gastos del ejercicio, por otro la Ley número 6.725, complementaria del Presupuesto, autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar el pago de cuentas del pasivo de los ejer- 5 cicios 19591260 y 1960/9861, tomando los fondos de Rentas Generales del Presupuesto 1961|962; Que si el Poder Ejecutivo está autorizado legalmente a utilizar fondos de Rentas Generales para solventar compromisos inherentes al pasivo, es correcto que mediante la sanción del presente decreto- ley pueda también hacerlo con Letras de Tesorería; Que la utilización de los documentos a emitir tendrá como ex- clusiva finalidad completar el pago de compromisos acumulados y por tanto serán entregados a los acreedores del Estado en cancela- ción de deudas preexistentes; Que por su parte el Gobierno aceptará que las Letras de Te- soreria cuya emisión se autoriza le sean entregadas en pago de im- puestos provinciales vencidos, con lo cual se facilita al sector con- tribuyente en mora regulizar su situación con el Fisco; Que mediante este arbitrio no solamente se cumplirá el objetivo de cancelar deudas sino que contribuirá sensiblemente a producir un alivio general en la plaza con consecuencias que sin duda se proyectarán ventajosamente en la economía general; / = ] uu. 443 * Lod Que esta circunstancia agregada a una administración ordena- da permitirá al Gobierno cumplir en el futuro con la prestación de sus compromisos en forma normal y llevar al público la confianza en el crédito del Estado. Por ello, el Comisionado Federal en la provincia de Buenos Ai- res, en ejercicio del Poder Legislativo DECRETA CON FUERZA DE LEY Art. 19 Autorízase al Ministerio de Economía y Hacienda con intervención de la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia, a emitir Letras de Tesorería de hasta tres- cientos sesenta y cinco días (365) de plazo contados a partir de la fecha del presente decreto-ley, con destino a cancelar pasivos de los Ejercicios 1959/960 y 1960/9681 y de los Anexos “Deuda de Ejer- cicios Anteriores” y “Gastos de Ejercicios Anteriores”, del Presu- puesto vigente, y deudas contraídas durante el Ejercicio 1961/962. Art. 2° Las Letras de Tesorería que se emitan conforme al ar- tículo anterior se aceptarán por su valor escrito en pago de impues- tos, tasas y contibuciones cuya percepción esté a cargo de la Direc- ción de Rentas, vencidas al 31 de julio de 1962 y sus accesorios, con excepción de las deudas emergentes de prórroga acordadas de con- formidad con el artículo 46 del Código Fiscal (T. O. 1961). Art. 39 Comuníquese oportunamente a la Honorable Legisla- tura. Art. 4° Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y pase a la Contaduría General de la Provincia, para su conocimiento y efectos. MERBILAAA. i JosÉ Murta, HÉCTOR P, LANFRANCO, Prpro PÉTRIZ, SANTIAGO GOROSTIAGUE, José D. MÉNDEZ, JORGE HUEYO, , HORACIO A. FILARDI. “Boletín Oficial”, 23 de agosto de 1962. —2= : A 0 1128