Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6771

Ley 6771/1964 - DECLARANDO DE UTILIDAD Y SUJETA A EXPROPIACION FRACCION DE TIERRA UBICADA EN MAR DEL PLATA, PARTIDO DE GENERAL PUEYRREDóN, CON DESTINO A PLAZA PUBLICA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 17/07/1964
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

CON DESTINO A PLAZA PUBLICA.

Ley 6771 LEY 6771 Expropiación para Plaza en Mar del Plata. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública la fracción de tierra cir­cundada por las calles El Cano, 82, 12 de Octubre y 84, designación catastral Circunscripción VI,

Sección H, Manzana 7 N, Parcelas 1 al 28, de la ciudad de Mar del Plata,

partido de General Pueyrredón. ARTÍCULO 2.- Acuérdase a la Municipalidad de General Pueyrredón autorización para que, en cumplimiento de la ordenanza Nº 0-808, aprobada por el Concejo Deliberante con fecha 27 de octubre de 1961, proceda a expropiar el bien individualizado en el artículo anterior. ARTÍCULO 3.- La Municipalidad de General Pueyrredón destinará el mencionado terreno a la habilitación de una plaza pública, de acuerdo a lo establecido en la mencionada ordenanza. ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.