Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5908

Ley 5908/1958 - AUTORIZANDO A REFORZAR EL CREDITO DEL ANEXO X DEUDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 31/10/1958
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 5908 LEY 5908 Autorizando a reforzar el crédito del Anexo X Deudas de Ejercicios Anteriores Departamento de Economía y Hacienda EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a reforzar el crédito del Anexo X –Deudas de Ejercicios Anteriores-, correspondiente al Decreto-Ley número 1841/58, en la cantidad de hasta cien millones de pesos moneda nacional ($ 100.000.000 m/n) tomando, a efectos del cumplimiento de la presente ley, los fondos no utilizados de los restantes Anexos, en la proporción en que se hayan originado las deudas en cada Ministerio y, en caso de que ellos resulten insuficientes, de aquellos Anexos cuyos saldos lo permitan, en la medida necesaria. ARTICULO 2.- No será de aplicación por esta única vez la limitación establecida en los artículos 15 y 17 de la Ley de Contabilidad (Decreto-Ley número 20846). ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.