Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Ley N° 6300
SE AMPLÍA PLAZO - MODIFICA - LEY 6282 - FACULTA AL PODER EJECUTIVO - EMITIR EN EL MERCADO LOCAL - TÍTULO DE DEUDA - CANCELACIÓN DE OBLIGACIONES CON PROVEEDORES
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Amplíase hasta el 15 de abril de 2020 el plazo establecido en el artículo 1° de la Ley N° 6.282. Art. 2°.- Modifícase el inciso a) del artículo 1° de la Ley N° 6.282 el que quedará redactado de la siguiente manera: "a) Moneda de emisión y monto: pesos argentinos, por hasta PESOS DIECIOCHO MIL MILLONES ($ 18.000.000.000.-)." Art. 3°.- Comuníquese, etc. Forchieri - Schillagi Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle PROMULGADA POR DECRETO 183 2020 MODIFICA LEY 6282 2019 <p>Art. 1 de la Ley 6300 amplía el plazo establecido en el Art. 1 de la Ley 6282.</p><p>Art. 2 sustituye el Art. 1 inciso a)</p>