Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12020

Ley 12020/1997 - CONDONANDO LA DEUDA QUE POR TODO CONCEPTO MANTIENE EL MUNICIPIO DE MAGDALENA ANTE EL INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. (RED CLOACAL-BARRIO 22 DE FEBRERO)

Estado no verificadoPublicación B.O.: 07/11/1997
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 12020 LEY 12020 CONDONANDO DEUDA DEL MUNICIPIO DE MAGDALENA ANTE EL INSTITUTO DE LA VIVIENDA PARA LA CONSTRUCCION DE RED CLOACAL. EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Condónase la deuda que por todo concepto mantiene el Municipio de Magdalena ante el Instituto de Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, originada entre ambos para la construcción de la red cloacal del conjunto habitacional de 112 viviendas, denominado en la actualidad "Barrio 22 de Febrero", sito en la ciudad y Partido de Magdalena. ARTICULO 2.- La condonación de deuda establecida en el artículo 1° operará para el futuro y por los conceptos ya devengados y no cancelados hasta la fecha de la sanción de la presente ley, sin derecho a generar repetición sobre las sumas pagadas. ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.