Nación · Decreto-ley N° 11548

Decreto/ley 11548 - RATIFIQUESE EL ACUERDO RELATIVO AL SERVICIO DE VAGONES POSTALES ENTRE BUENOS AIRES Y ASUNCION Y VICEVERSA, FIRMADO ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DEL PARAGUAY EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES EL 15 DE DICIEMBRE DE 1943 POR LOS PLENIPOTENCIARIOS DE UNA Y OTRA PARTE, DEBIDAMENTE AUTORIZADOS AL EFECTO.

Estado no verificadoSanción: 03/05/1944Publicación B.O.: 19/05/1944Organismo: PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina TRATADO MUNISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO DECRETO-LEY N.º 11.548 Ratificando el Acuerdo relativo al servicio de vagones postales entre Buenos Aires y Asunción y viceversa, firmado entre la República Argentina y la República del Paraguay en la ciudad de Buenos Aires el 15 de diciembre de 1943. Buenos Aires,  mayo 3 de 1944. 11.548. - 134.- Habiéndose aprobado el 21 de diciembre de 1943, el Acuerdo firmado con la República del Paraguay, relativo al servicio de vagones postales entre Buenos Aires y Asunción y viceversa; Visto lo aconsejado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Relaciones Exteriores y Culto; y CONSIDERANDO: La necesidad de estrechar aún más si cabe, los vínculos existentes con la República del Paraguay, El Presidente de la Nación Argentina, en Acuerdo General de Ministros- DECRETA: Artículo 1.º - Ratifíquese el Acuerdo relativo al servicio de vagones postales entre Buenos Aires y Asunción y viceversa, firmado entre la República Argentina y la República del Paraguay en la ciudad de Buenos Aires el 15 de diciembre de 1943 por los Plenipotenciarios de una y otra Parte, debidamente autorizados al efecto. Art. 2.º - Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, dése al Registro Nacional y archívese. FARRELL.- Diego I. Mason. - Luis C. Perlinger. - Juan Perón. - César Ameghino. - A. Teisaire. - J. Pistarini.