Provincia de Buenos Aires · Ley N° 14651
Ley 14651/2014 - MODIFICA LA LEY N° 14191, SISTEMA DE PROTECCIóN INTEGRAL DE LAS PERSONAS QUE PADECEN TRASTORNOS GENERALIZADOS DEL DESARROLLO-TGD-
Ley 14651 LEY 14651 EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1º: Modifícanse los artículos 7° y 8° de la Ley N° 14191, los que quedarán redactados de la siguiente manera: “Artículo 7°: El Poder Ejecutivo determinará la Autoridad de Aplicación de la presente Ley, quien establecerá las acciones pertinentes para el abordaje, la implementación, el seguimiento y la difusión de los alcances del presente Sistema, en cumplimiento con los objetivos establecidos.” “Artículo 8°: La Autoridad de Aplicación dispondrá la creación de un área especializada en el desarrollo de la ciencia e investigación, debiéndose prever los recursos institucionales y presupuestarios pertinentes para alcanzar los objetivos de la presente Ley.” ARTÍCULO 2°: Incorpórase como artículo 8 bis a la Ley 14.191, el siguiente texto: “Artículo 8 bis: El Sistema de Protección Integral de las personas que padecen trastornos generalizados del desarrollo, determinará y priorizará su funcionamiento en los hospitales públicos de la Provincia de Buenos Aires, disponiéndose la infraestructura necesaria para la correcta implementación de los mismos.” ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los dos días del mes de octubre del año dos mil catorce.