Provincia de Buenos Aires · Ley N° 8561

Ley 8561/1975 - DECLARANDO DE UTILIDAD PúBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIóN DOS LOTES DE TERRENO UBICADOS EN LA CIUDAD Y PARTIDO DE AVELLANEDA CON DESTINO A LA ESCUELA N° 31 DE ESE DISTRITO.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 15/12/1975
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 8561 LEY 8561 Declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación dos lotes de terreno ubicados en la ciudad y Partido de Avellaneda. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AI­RES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, dos lotes de terreno, con todo lo edificado y plantado sobre los mismos, ubicados en la calle Lamadrid entre Gutiérrez y Estanislao del Campo, de la ciudad de Avellaneda, Partido del mismo nombre, designados según títulos como lotes 8 y 9 de la Manzana 8 y según Catastro como: Circunscripción I, Sección N, Manzana 5, Parcelas 42 y 43, inscriptos en el Registro de la Propiedad en los folios 661 y 1507 de los años 1926 y 1923, Declaratoria de Herederos en los folios 2.578/39, 118/48 y 2.309/61, con una superficie de quinientos nueve metros cuadrados y trescientos sesenta y nueve metros cuadrados y trescientos sesenta y nueve metros cuadrados con sesenta y un decímetros cuadrados (369,61 m 2 ), respectivamente, de propiedad de María Angélica, Odolinda Ofelia u Odolinda Ofelia Teresa, Ubaldo Sixto y Luis Herminio Parodi y Viacaba, o quien o quie­nes resulten ser sus legítimos titulares de dominio, con destino a la Escuela N° 31 de ese distrito. ARTÍCULO 2.- Facúltase al Poder Ejecutivo a efectuar los ajustes e incrementos necesarios en el presupuesto vigente a fin de atender el gasto que demande la presente Ley. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.