Nación · Ley N° 17916
Ley 17916 - CREASE LA RESERVA NATURAL EN LA PROVINCIA DE FORMOSA Y SE FIJAN SUS LIMITES.
InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina PROVINCIAS LEY N° 17.916 Formosa- Créase la Reserva Natural y se fijan sus límites. Buenos Aires, 27 de setiembre de 1968 En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto de la Revolución ARgentina, El Presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de LEY: Artículo 1°- Acéptase la donación efectuada por la provincia de Formosa mediante la 358 del 29 de diciembre de 1967 y créase la Reserva Natural Formosa en la provincia del mismo nombre, cuyos límites serán: al norte el río Teuquito, desde el límite del departamento Matacos con el departamento Bermejo, siguiendo su curso hasta la localidad de Lagunita; al este, desde la localidad de Lagunita siguiendo la huella que desde allí llega a la localidad de La Palmita hasta el cauce del río Teuco; al sur, el cauce del río Bermejo (Teuco) desde el último punto nombrado hasta el límite de los departamentos Matacos y Bermejo y al oeste, el límite de los departamentos Matacos y Bermejo, desde el río Bermejo hasta su cruce con el Teuquito. Artículo 2°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Onganía - Adalbert Krieger Vasena