Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 115
Boletn Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
VISTO: La Ley Nacional N 17.801, la Ley N 1.218 (texto consolidado por Ley N 6.017), la Ley N 5.820, el Expediente Electrnico N 3.478.976-MGEYA-DGAB/14, y CONSIDERANDO: Que por el expediente electrnico citado en el visto tramita la primera inscripcin de dominio de tres fracciones de terreno pertenecientes al dominio de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires que surgen de la variacin de metros de las correspondientes ochavas de tres inmuebles; Que asimismo, la Direccin General Escribana General de la Secretara Legal y Tcnica en el mbito de sus competencias inform que las tres fracciones de terreno pertenecen al dominio de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires, resultando necesario autorizar a la citada Direccin General a realizar todas las acciones tendientes a efectivizar su primera inscripcin de dominio en el Registro de la Propiedad Inmueble mediante testimonio administrativo y/o escritura pblica (art. 3, inc. a, de la Ley 17.801) para su posterior transmisin a los particulares adquirentes; Que mediante el artculo 1 de la Ley N 5.820 se desafectaron del dominio pblico de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires las fracciones de terrenos resultantes de la variacin de metros de las ochavas; Que la primera Fraccin de terreno consta de una superficie total de quince metros cuadrados con veintisiete dcimos (15,27 m2), y es identificada como "Superficie a incorporar a la parcela", segn plano 263-C-1983, ubicada en la calle Francisco Bilbao, hoy Justo Antonio Surez N 7497 esquina Av. General Paz Sin Nmero; identificada catastralmente como Circunscripcin 1; Seccin 76; Manzana 10; Parcela 17a conforme apartado a) del artculo 1 de la Ley N 5.820; Que la segunda Fraccin de terreno consta de una superficie total de diecisis metros cuadrados con setenta y un dcimos (16,71 m2), y es identificada como "Polgono D- Dô-Eô-E-D, segn plano 3-C-2011; ubicada en la calle Marcos Sastre N 3597/99 esquina Concordia N 2507; individualizada catastralmente como Circunscripcin 15; Seccin 81; Manzana 125; Parcela 21b conforme apartado b) del artculo 1 de la Ley N 5.820; Que la tercera Fraccin de terreno consta de una superficie total de dos metros cuadrados con cuarenta y seis dcimos (2,46 m2), y es identificada como "Polgono H- B-C-G-H", segn plano 18-C-2013; ubicada en la calle Bermdez N 1355/59 esquina Delambre N 4795; identificada catastralmente como Circunscripcin 15; Seccin 85; Manzana 49B; Parcela 19 conforme apartado c) del artculo 1 de la Ley N 5.820; Que, el artculo 2 de la citada Ley, declar innecesarias para la gestin del Gobierno de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires las fracciones de terreno mencionadas precedentemente, disponiendo su enajenacin y aprobando su venta en virtud de lo dispuesto por el inciso b) del actual artculo 60 la Ley N 2.095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires (texto consolidado por ley N 6.017); Que conforme el artculo 3 de la Ley N 5.820, las escrituras traslativas de dominio de las fracciones de terreno antes citadas se otorgarn por ante la Direccin General Escribana General del Gobierno de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires; Que la Procuracin General de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires ha tomado debida intervencin conforme Ley N 1.218 (texto consolidado por ley N 6.017); Por ello y en uso de las facultades legales conferidas por los artculos 102 y 104 de la Constitucin de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artculo 1.- Autorzase a la Direccin General Escribana General dependiente de la Secretara Legal y Tcnica a instrumentar la primer inscripcin dominial de la superficie total de quince metros cuadrados con veintisiete dcimos (15,27 m2) con frente a la calle Francisco Bilbao, hoy Justo Antonio Surez N 7497 esquina Av. General Paz Sin Nmero identificada catastralmente como Circunscripcin 1; Seccin 76; Manzana 10; Parcela 17a; e identificada como "Superficie a incorporar a la parcela", conforme Plano 263-C-1983, aprobado por la Direccin General Registro de Obras y Catastro de la Subsecretara Registros, Interpretacin y Catastro dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires, e inscribirla mediante escritura pblica y/o documento administrativo (Ley Nacional N 17.801, art. 3 inc. a) en el Registro de la Propiedad Inmueble, a nombre de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires para dar cumplimiento con la Ley N 5.820. Artculo 2.- Autorzase a la Direccin General Escribana General dependiente de la Secretara Legal y Tcnica a instrumentar la primer inscripcin dominial de la superficie total de diecisis metros cuadrados con setenta y un dcimos (16,71 m2) con frente a la calle Marcos Sastre N 3597/99 esquina Concordia N 2507; identificada catastralmente como Circunscripcin 15; Seccin 81; Manzana 125; Parcela 21b; e identificada como "Polgono D-Dô-Eô-E-D", conforme Plano 3-C-2011, aprobado por la Direccin General Registro de Obras y Catastro de la Subsecretara Registros, Interpretacin y Catastro dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires, e inscribirla mediante escritura pblica y/o documento administrativo (Ley Nacional N 17.801, art. 3 inc. a) en el Registro de la Propiedad Inmueble, a nombre de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires para dar cumplimiento con la Ley N 5.820. Artculo 3.- Autorzase a la Direccin General Escribana General dependiente de la Secretara Legal y Tcnica a instrumentar la primer inscripcin dominial de la superficie total de dos metros cuadrados con cuarenta y seis dcimos (2,46 m2) con frente a la calle Bermdez N 1355/59 esquina Delambre N 4795; identificada catastralmente como Circunscripcin 15; Seccin 85; Manzana 49B; Parcela 19; e identificada como "Polgono H-B-C-G-H", conforme Plano 18-C-2013, aprobado por la Direccin General Registro de Obras y Catastro de la Subsecretara Registros, Interpretacin y Catastro dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires, e inscribirla mediante escritura pblica y/o documento administrativo (Ley Nacional N 17.801, art. 3 inc. a) en el Registro de la Propiedad Inmueble, a nombre de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires para dar cumplimiento con la Ley N 5.820. Artculo 4.- El presente Decreto es refrendado por el seor ministro del Ministerio de Economa y Finanzas y el seor Jefe de Gabinete de Ministros. Artculo 5.- Publquese en el Boletn Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunquese a la Direccin General Administracin de Bienes y Concesiones del Ministerio de Economa y Finanzas, y para su conocimiento y dems efectos pase a la Direccin General Escribana General de la Secretara Legal y Tcnica. Cumplido, archvese. RODRGUEZ LARRETA - Mura - Miguel Relaciones Tipo de relacin Norma relacionada Detalle INTEGRA LEY 5820 2017 <p>Art.1 del Decreto 115-19 autorizaa la Direccin General Escribana General dependiente de laSecretara Legal y Tcnica a instrumentar la primer inscripcin dominial de superficies, segn lo previsto por Art. 3 de la Ley 5.820.</p>