Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 266
SUSTITUYE - TEXTO DEL PRIMER PÁRRAFO - DECRETO N° 260/23 - PROMULGA - LEY N° 6670
VISTO: La Ley N° 6670, el Decreto N° 260/23, el Expediente N° EX-2023-34767913- GCABA- DGALE/23, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto N° 260/23 se promulgó la Ley N° 6.670 sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 7 de septiembre de 2023; Que por la citada Ley se instituyó el día 15 de septiembre de cada año como "Día por el Derecho a la Adopción", en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, por un error involuntario, se citó equivocadamente el número de la Ley sancionada en el Decreto promulgatorio; Que el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por el Decreto N° 1.510/97 (Texto Consolidado por Ley N° 6.588), establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión; Que, por lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo que subsane dicho error y permita visualizar correctamente el decreto en cuestión. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Sustituir el texto del primer párrafo del Decreto N° 260/23, por el siguiente: "En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 6670 (E.E. N° 34767913-GCABA- DGALE/23), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 7 de septiembre de 2023.". Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Cultura y por Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Avogadro - Miguel Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle MODIFICA DECRETO 260 2023 <p>Artículo 1° del Decreto N° 266/23 sustituye el texto del primer párrafo del Decreto N° 260/23.</p>