Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9482
Decreto-ley 9482/1980 - DONACION DE INMUEBLE UBICADO EN LA LOCALIDAD DE SAN VICENTE A LA ASOCIACION DE "BOMBEROS VOLUNTARIOS DE SAN VICENTE".
Decreto-ley 9482/1980 DECRETO-LEY 9482/80 LA PLATA, 9 de ENERO de 1980. VISTO lo actuado en el expediente número 2600-81892/59 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, apartado 4.4. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1. Dónase a la “Asociación Bomberos Voluntarios de San Vicente”, el inmueble ubicado en el Partido de San Vicente, designado según Catastro como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 71, Parcela 5b, inscripción de dominio al Folio 512/962 a nombre de la Provincia de Buenos Aires. ARTÍCULO 2.- El bien donado será destinado a la Sede Central de esa Institución y al desarrollo de las actividades propias de dicha entidad. ARTÍCULO 3.- Si se cambiare el destino impuesto en el artículo precedente o se produjera la disolución de la entidad donataria, se operará la revocación de la donación y reversión del dominio a la Provincia, con todo lo plantado y adherido al suelo, sin derecho a reclamo e indemnización alguna por las mejoras introducidas. ARTÍCULO 4.- Extiéndase por ante la Escribanía General de Gobierno, la pertinente escritura de protocolización de las actuaciones administrativas, con la sola comparecencia del representante legal de la donataria. ARTÍCULO 5.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.