Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 24153
Decreto-ley 24153/1956 - (DEC-LEY 24153/956) AMPLIANDO PARTIDA PRESUPUESTARIA.
DECRETO-LEY N* 24.153 : La Plata, 26 de diciembre de 1956. Visto el presente expediente 2.625-31.483/956, del Ministerio de Educación por el que el Departamento de Explotación de Escuelas Fábricas promueve la incrementación de la Partida Principal 3, Par- cial 1, Apartado 7, del Anexo VII, Capítulo 19, Grupo 2%, Inciso 19, Item 2, del Presupuesto General de la Administración para 1256 y de sus complementarias, y — Considerando: Que tal incrementación se hace indispensable a los efectos de solventar la erogación que en concepto de jornales se originará en el Departamento recurrente, hasta el 31 de diciembre del año en cur- so, según surge de lo actuado de fojas 1 a 3. Que el aludido refuerzo deberá ser realizado mediante la utili- zación del crédito de la Partida Principal 4, del Anexo VII, Capí- tulo 1%, Grupo 2°, Inciso 2%, Item 2, en virtud de que no existen po- sibilidades en las partidas del Inciso 1%, que permitan transferen- cias de crédito. — 582 — : Por ello, atento alo informado por la Dirección de Finanzas y la Contaduría de la Provincia, el Interventor Federal en la provin- cia de Buenos Aires, en ejercicio del Poder Legislativo — DECRETA CON FUERZA DE LEY: Art, 19 Fíjanse en las sumas que se indican a continuación los créditos de los Incisos 1% y 2° del Anexo VII, Capítulo 1%, Gupo 2°: IMciso 19 2... ee eee eee eee eee $ 2.639.300 M4. INCISO 29 oo eee cece eee eeeeeee $ 5.478.800 ™%. Art. 29 Ampliase el crédito del Anexo VII, Capitulo 19, Grupo 29, inciso 1%, Item 2, Partida Principal 3, Parcial 1, Apartado 7, del Pre- supuesto 1956, ley 5.855 en la suma de ciento sesenta y cinco mil trescientos pesos moneda nacional ($ 165.300 ™%.). Art. 39 Autorízase a la Contaduría de la Provincia a efectuar la siguiente transferencia de crédito dentro del Presupuesto Gene- ral de la Administración para 1956, por un total de ciento sesenta y cinco mil trescientos pesos moneda nacional ($ 165.300 4). Débito:
Anexo VII, Capitulo 1% Grupo 2°, Inciso 22
Item 2, Partida Principal 4 .................... $ 165.300 Crédito:
Anexo VII, Capitulo 1% Grupo 29, Inciso 19,
Item 2, Partida Principal 3, Partida Parcial 1, Apartado 7.2... cee eee eee eee eee 8 182.609 Partida Principal 4. Partida Parcial 3 .......... , 11.100 Partida Principal 6, Partida Parcial 2 .......... , 21.600 : 165.300 Art. 4° El presente decreto será refrendado por todos los minis- tros en Acuerdo General. Art. 5° Dése cuenta en su oportunidad a la Honorable Legislatura, Art. 6% Comuníquese, publíquese, dése al Registra y “Boletín Oficial”, tome conocimiento el Ministerio de Educación y pase a la Contaduría de la Provincia, a sus demás efectos. BONNECARRERE. E. Z. DE DECURGEZ, M. A. ARANDA, E. Cortés, Jaime E. Ruiz, RoDoLFo A. EYHERABIDE, A. R. REYNAL O'CONNOR,