Provincia de Buenos Aires · Ley N° 7128
Ley 7128/1965 - DECLARANDO DE UTILIDAD PUBLICA FRACCION DE TIERRA UBICADA EN EL PDO. DE NAVARRO.
Ley 7128 LEY 7128 Declarando de utilidad pública fracción de tierra ubicada en el Partido de Navarro. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA. DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÌCULO 1.- Declárase de utilidad pública la parte norte de la Par cela 211, Circunscripción III, Sección Rural, del Partido de Navarro, superficie remanente del plano 75 - 8 - 65, delimitada de la siguiente manera: al Norte y al Oeste, en línea de tres tramos, limita con Diego Carty ; al N. E. con quintas del ejido de Navarro, Justo Moll, C. P. Bildostegui y Nicolás Sáens y al Sur línea quebrada de varios tramos que la separa del nuevo acceso ruta 41 a Navarro en parte y calle que saliendo del acceso mencionado concurre al paraje denominado camino de "Los Sauces" en línea de dos tramos; inscripta en el Registro de la Propiedad a Folios 109/916 y 46/938, a nombre de Pedro Bernardo Moll y Juan José Inchausti o quien o quienes resulten sus legítimos propietarios. ARTÍCULO 2.- Autorízase a la Municipalidad de Navarro para que en cumplimiento de la Ordenanza 15 del año 1965, proceda a expropiar la fracción individualizada en el artículo anterior. ARTÍCULO 3.- La Municipalidad de Navarro destinará la fracción mencionada a la realización de obras de urbanización. ARTÌCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.