Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5549
Ley 5549/1949 - APRUEBA EL DEC. 8491/49, POR EL QUE SE AMPLÍA EL PLAZO FIJADO POR EL ART. 9º DE LA LEY 5362, DE SUBASTA DE TIERRAS PúBLICAS.
Estado no verificadoPublicación B.O.: 02/12/1949
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
· Consultar publicación oficial
Ley 5549 LEY 5549 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Apruébase el Decreto 8491 dictado por el Poder Ejecutivo el 9 de mayo de 1949, por el que se amplió hasta el 30 de agosto de 1949 el plazo fijado por el artículo 9º de la Ley 5362, de subasta de tierras públicas. ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.