Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6561

Ley 6561/1961 - AUTORIZA AL P. E. A OTORGAR UN SUBSIDIO A LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL ALVARADO, PARA EL PAGO DE PAVIMENTACION EN MIRAMAR, DE ACUERDO CON LAS NORMAS DEL PLAN TERRITORIAL DE OBRAS DE PAVIMENTACION Y REPAVIMENTACION.-

Estado no verificadoPublicación B.O.: 10/10/1961
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

«+ % LEY N° 6.561 ; Otorgando subsidio a la Municipalidad de General Alvarado Departamento de Acción Social. El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de LEY Art. 19 Autorízase al Poder Ejecutivo a otorgar a la Municipali. dad de General Alvarado, un subsidio de dos millones quinientos mil pesos moneda nacional ($ 2.500.000 ™%), para ser aplicados al pago ~ 5 de los mayores costos que demande la pavimentación de la avenida Hipólito Yrigoyen en la ciudad de Miramar, de acuerdo con las normas . del “Plan Territorial de Obras de Pavimentación y Repavimentación a financiarse con la ayuda del Crédito Bancario”. Art. 22 Los fondos asignados por la presente ley no tienen ei ca- La rácter de reintegrables por el Municipio con respecto a la Provincia, pero sí serán reintegrados a la Municipalidad por los vecinos afec- Ñ tados al pago de la obra. Estos reintegros se efectuarán con afecta- / ción al fondo permanente comunal que la Municipalidad de General Alvarado deberá crear, o hubiere creado, de acuerdo con las disposi. 7 ciones de la Ley número 6.199, destinado a la financiación de obras de construcción y conservación de pavimentos, estableciendo el plazo, forma y condiciones del reintegro. Dicho fondo podrá, asimismo, in- tegrarse con cualquier otro recurso que la Municipalidad pueda ar- bitrar o hubiere arbitrado oportunamente. ¿de . — 9 — + Art. 32 El gasto que demande el cumplimiento de la presente Hey, será atendido con imputación al Anexo XIV, Item 1, Crédito pa- ra el cumplimiento de leyes especiales, del Presupuesto vigente. Art. 49 Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Buenos “Aires, en la ciudad de La Plata, a veintiocho días del mes de setiembre de mil nove- «cientos sesenta y uno. PEDRO ALBERTO ORTEGA. ARTURO A. CROSETTI. Juan Carlos Monti, Juan José M. Raimondi, se Secretario de la C. de DD. Secretario del Senado. an La Plata, 29 de setiembre de 1961. Cumplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín “Oficial” y archívese. ALENDE. ABEL ARRESE. "Decreto N? 10.860. Registrada bajo el número seis mil quinientos sesenta y uno . (6.561). 4 Fenipx Díaz O’KELLY. fe] el a