Nación · Ley N° 22641

Ley 22641 - MODIFICACION DE LA LEY 22520.

Estado no verificadoSanción: 13/09/1982Publicación B.O.: 14/09/1982Organismo: PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

LEY 22641 LEY DE MINISTERIOS Facultad al poder Ejecutivo Nacional para delegar en los Ministros y en los Secretarios de la Presidencia de la Nación facultades relacionadas con las materias que les competen. LEY N° 22641 Buenos Aires, 13 de setiembre de 1982. EN uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 5° del Estatuto para el proceso de Reorganización Nacional. EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1º – Sustitúyense los artículos 14, 15 y 16 de la Ley N° 22.520, por los siguientes: "ARTICULO 14. - Facúltase al Poder Ejecutivo Nacional para delegar en los Ministros y en los Secretarios de la Presidencia de la Nación facultades relacionadas con las materias que les competen, de acuerdo con lo que determine expresa y taxativamente por decreto. ARTICULO 15. – Los Ministros podrán delegar la resolución de asuntos relativos al régimen económico y administrativo de sus respectivos Departamentos en los funcionarios que determinen conforme con la organización de cada área; sin perjuicio del derecho de los afectados a deducir los recursos que correspondan". ARTICULO 16. – Las resoluciones que dicten los ministros tendrán carácter definitivo en lo que concierne al régimen económico y administrativo de sus respectivas jurisdicciones, salvo el derecho de los afectados a deducir los recursos que legalmente correspondan". ARTICULO 2º – Sustitúyese el punto 3 del artículo 10 de la Ley número 22.520, por el siguiente: "3. Inteligencia de Estado". ARTICULO 3º – Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. BIGNONE Llamil Reston Lucas J. Lennon Jorge Wehbe Cayetano A. Licciardo Horacio M. Rodriguez Castells Adolfo Navajas Artaza Héctor F. Villaveirán Conrado Bauer Julio J. Martinez Vivot Juan R Aguirre Lanari FE DE ERRATAS LEY N° 22.641 En la edición del 14 de setiembre de 1982, donde se publicó la citada ley, se deslizaron los siguientes errores: En el Mensaje: Donde dice: .Secretaría de Inteligencia del Estado Debe decir: .Secretaría de Inteligencia de Estado . En el artículo 2° Donde dice: ."3.Inteligencia del Estado". Debe decir: ."3. Inteligencia de Estado".