Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5935
Ley 5935/1958 - CREANDO EL MERCADO DE FRUTAS EN LA LOCALIDAD DE SAN PEDRO.
Ley 5935 LEY 5935 Creando el Mercado de Frutas en la localidad de San Pedro EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Créase el Mercado de Frutas, Frigorífico y Planta de empaque e industrializadora de frutas en la localidad de San Pedro, Provincia de Buenos Aires. ARTICULO 2.- La administración de la entidad que se crea por el artículo anterior, estará a cargo de un Consejo de Administración presidido por un Delegado del Poder Ejecutivo y por representantes de productores y consumidores, organizados como sistema cooperativo. ARTICULO 3.- La ejecución de la presente obra se incluirá en el Plan de Obras Públicas para el año 1959. ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.