Provincia de Buenos Aires · Ley N° 14679
Ley 14679/2015 - PRORROGA POR EL TÉRMINO DE 360 DÍAS HÁBILES, LA VIGENCIA DE LA LEY 14529, A PARTIR DE LA FECHA DE SU VENCIMIENTO.(EJECUCIONES HIPOTECARIAS-REGISTRO DE DEUDORES CON EJECUCIONES JUDICIALES-VIVIENDA ÚNICA FAMILIAR- SUSPENSIÓN)
Estado no verificadoPublicación B.O.: 19/02/2015
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
· Consultar publicación oficial
Ley 14679 LEY 14679 NOTA: La Ley 14825 prorroga por el término de 360 días hábiles, la vigencia de la presente Ley a partir de la fecha de su vencimiento EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1º.- Prorrógase por el término de trescientos sesenta (360) días hábiles, la vigencia de la Ley 14529, a partir de la fecha de su vencimiento. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veinte días del mes de noviembre del año dos mil catorce.