Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 282

DEROGA DECRETO 337/20 - DESIGNA AUTORIDAD DE APLICACIÓN - CÓDIGO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - LEY 2148 - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Estado no verificadoPublicación B.O.: 28/07/2025Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: Las Leyes 2.148 y 6.684 (textos consolidados por la Ley 6.764), los Decretos 337/20, 387/23 y sus modificatorios, el Expediente EX-2025-30708679-GCABA-MIGC, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley 2.148, se aprobó el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que conforme lo estipulado en la citada ley, el Poder Ejecutivo designa a la Autoridad de Aplicación que interviene en la aplicación de las disposiciones de dicho cuerpo normativo; Que mediante el Decreto 337/20 se designó a la entonces Secretaría de Transporte y Obras Públicas, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, o el organismo que en un futuro la reemplace, como autoridad de aplicación del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por la Ley 2.148; Que, por la Ley 6.684, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando en su artículo 2°, entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Infraestructura; Que en el artículo 27 de la mencionada Ley, se establecieron las funciones del Ministerio de Infraestructura, entre las cuales se encuentran las de gestionar y fiscalizar el transporte y el ordenamiento del tránsito, la regulación y control del transporte y el tránsito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la de formulación de políticas, planificación, regulaciones y planes de los sistemas de tránsito y transporte concernientes al ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y su articulación con el Área Metropolitana, así como en la coordinación interjurisdiccional, en conjunto con el Ministerio de Justicia; Que mediante el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el nivel de Dirección General, contemplando a la Secretaría de Transporte y a la Secretaría de Tránsito, ambas dependientes del Ministerio de Infraestructura; Que en virtud de las modificaciones producidas en la estructura organizativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los fines de mejorar la eficacia y eficiencia en la gestión y regulación del tránsito y el transporte en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resulta conveniente derogar el Decreto 337/20 y designar como autoridad de aplicación del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Ley 2.148, al Ministerio de Infraestructura; Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Derogar el Decreto 337/20. Artículo 2°.- Designar al Ministerio de Infraestructura, o el organismo que en un futuro lo reemplace, como autoridad de aplicación del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por la Ley 2.148. Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Infraestructura y por el Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar al Ministerio de Infraestructura, a la Secretaría de Transporte y a la Secretaría de Tránsito, ambas dependientes del mencionado Ministerio. Cumplido, archivar. MACRI Bereciartua - Sánchez Zinny Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle COMPLEMENTA LEY 2148 2006 <p>Artículo 2° del Decreto 282/25 designa al Ministerio de Infraestructura, o el organismo que en un futuro lo reemplace, como autoridad de aplicación del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por la Ley 2148.</p> COMPLEMENTADA POR RESOLUCIÓN 437 2025 MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA <p>Art. 1 de la Resolución 437/MIGC/2025 <strong>(DEROGADA)</strong> faculta a la Secretaría de Tránsito y a la Secretaría de Transporte de del Ministerio de Infraestructura, ambas en el marco de sus competencias, a dictar las normas necesarias para el ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 1.1.4 y 1.3.1 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Ley N° 2148.</p><p> </p><p>Art. 2 faculta a la Secretaría de Tránsito y a la Secretaría de Transporte de del Ministerio de Infraestructura, ambas en el marco de sus competencias, a dictar las normas necesarias para el ejercicio de las facultades conferidas en el capítulo 1.2 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Ley 2148.</p> COMPLEMENTADA POR RESOLUCIÓN 438 2025 MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA <p>Artículo 1 de la Resolución 438-MIGC/25 faculta a la Secretaría de Tránsito y a la Secretaría de Transporte de este Ministerio de Infraestructura, ambas en el marco de sus competencias, a dictar las normas necesarias para el ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 1.1.4 y 1.3.1 del Código de Tránsito y Transporte, complementando lo dispuesto por el Decreto 282/2025</p><p>Artículo 2 faculta a la Secretaría de Tránsito y a la Secretaría de Transporte de este Ministerio de Infraestructura, ambas en el marco de sus competencias, a dictar las normas necesarias para el ejercicio de las facultades conferidas en el capítulo 1.2 del Código de Tránsito y Transporte.</p> DEROGA DECRETO 337 2020 <p>Artículo 1° del Decreto 282/25 deroga el Decreto 337/20.</p>