Provincia de Buenos Aires · Ley N° 7403

Ley 7403/1968 - (DEROGADA POR LEY 7903)REGIMEN PREVISIONAL PARA CONSIGNATARIOS Y/O COMISIONISTAS.

Derogada verificadaPublicación B.O.: 15/07/1968
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

~ __ — LEY 7.403 Régimen previsional para consignatarios ylo comisionistas ! La Plata, 4 de julio de 1968. | Pea . } ' : Visto la autorización del Gobierno Nacional concedida por de- creto 3.786/968, y en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9° del Estatuto de la Revolución Argentina: el Gobernador de la provincia. de Buenos Aires, sanciona y promulga q con fuerza de — 4 . LEY: 4 Art. 19 Los consignatarios ylo comisionistas y las personas, de 4 su dependencia o no, que intervengan en su nombre en las onera- ff ciones objeto de la comisión o consignación, aún en el caso de rea- Ñ ' ligarse esas operaciones en subasta pública, están únicamente suje- i l tos al cumplimiento de los recaudos del Código de Comercio, siem- Ñ pre que obren a nombre propio, aunque por cuenta ajena, y extien- | dan por si la documentación de transferencia de los bienes. comer- Ñ cializados. Igual régimen es de aplicación a la venta de inmuebles. il Art. 2° Los consignatarios y las personas que actúen en su nom- | 3] bre en los casos mencionados en el artículo antericr, están única- Ñ mente sujetas en materia previsional a los regimenes nacionales Ñ que correspondan, según las características con que ejerciten sus ac- Ñ tividades. : | q Art. 32 La ley 7.014 podrá regir subsidiariamente las relaciones i ~ previstas en la presente en la forma y modo que determine la regla- I mentación a dictarse. i if Art. 4° Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y #f “Boletín Oficial” y archívese. Ñ i IMAZ. i} : E. K. BRENNER, i H Registrada bajo el numero siete mil cuatrocientos tres (7.403). i H. K. Brenner. | ——. . | al . Publicada en el “Boletín Oficial” del 15 de julio de 1968. . a 1 i —= | 1 E__—_ — _ —————— i