Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 14269

Decreto-ley 14269/1957 - (DEC-LEY 14269/57)DONANDO AL GOBIERNO DE LA NACIÓN, FRACCIÓN DE TIERRA EN LA CIUDAD DE CARLOS CASARES, DESTINADA A LA AMPLIACIÓN DE LA CENTRAL ELECTRICA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 23/08/1957
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| DECRETO-LEY N? 14.269 Donando al Gobierno de la Nación, superficie de tierra ubicada en la ciudad de Carlos Casares, destinada a la ampliación de la Central Eléctrica. La Plata, 14 de agosto de 1957. Visto este expediente 2.200-10.974/956, del Ministerio de Gobier- | no, por el cual Empresas Nacionales de Energia (E. N. D. E.), depen- diente del Ministerio de Comercio e Industria de la Nación, gestiona la cesión de la manzana número 3, ubicada entre las calles: Falucho, . . Rondeau, Gúemes y José Maria Paz, de la ciudad de Carlos Casares, partido del mismo nombre, con el fin de ampliar la Central Eléctrica en dicha zona, y — Considerando: Que según se ilustra a fojas 8 y 8 vuelta, la manzana de refe- rencia, es de propiedad de la provincia de Buenos Aires, en virtud de haberla adquirido por donación que le efectuaran los señores: María, Francisca, Domingo y Agustín Maya, según escritura de fecha 9 de setiembre de 1897, la cual fue destinada: como reserva para Praza de Carretas, constando su dominio en la Dirección General del Re- 1 | A+ — 989 — gistro de la Propiedad bajo el número 3.474, Folio 677 vuelta, Serie Pares, año 1897, departamento de Mercedes. Que el Poder Administrador puede desafectar toda reserva para uso público cuyo destino no considere indispensable, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4%, de la ley 5.797, Que también a la facultad que le otorga el inciso 13, del ar- tículo 909, de la Constitución de la Provincia, puede ceder con carác- | ter definitivo la manzana peticionada. | Que con dicha adquisición la institución recurrente, está en condiciones de proyectar la construcción de una gran usina eléctrica, la cual estará dotada de grupos generadores nuevos y modernos de considerable pontencia, proveyendo de tal manera a mejorar y supe- . rar el servicio por demás deficiente que presta la antigua y reducida planta instalada en el corazón de la ciudad de Carlos Casares, cau- sando grandes perturbaciones, que el vecindario con fervor desde hace años anhela que desaparezcan, aspirando con el nuevo emplaza- ¡miento a que puedan instalarse y explotarse las pequeñas y grandes industrias, que marcarían un firme progreso y desarrollo económico en dicha zona. Por lo expuesto, atento los informes producidos por la Dirección General Inmobiliaria y la Contaduría de la Provincia, y de conformi- dad con lo dictaminado por la Asesoría General de Gabierno y la vis- ta del señor Fiscal de Estado, el Interventor Federal en la provincia de Buenos Aires, en ejercicio del Poder Ejecutivo — DECRETA CON FUERZA DE LEY: Art. 12 Desaféctase, atento a lo dispuesto en' el artículo 4°, de la ley 5.797, la manzana número tres (3), ubicada entre las calles: Falucho, Rondeau, Gitemes y José Maria Paz, de la ciudad de Carlos Casares, partido del mismo nombre, que fuera destinada por dona- ción para reserva de Plaza de Carretas, con superficie de doce mil Cuatrocientos metros cuadrados (12.400 m2), y designación catastral de: circunscripción I, sección A, manzana número noventa (90). Art. 22 Dónase a favor del Gobierno de la Nación, con destino a Empresas Nacionales de Energía (E. N. D. E.), dependiente del Mi- nisterio de Comercio e Industria de la Nación, la manzana que se detalla en el artículo anterior con la expresa finalidad de que se aplique a ampliar la Central Eléctrica en dicha zona. Art. 3° Déjase establecido, que en caso de darse al bien inmue- ble de mención, otro destino que el especificado en el artículo ante- rior, la provincia de Buenos Aires, recobrará de hecho el dominio del Ñ mismo, sin derecho a reclamo o indemnización alguna por las mejoras que se hubieren introducido. Art. 4° Facúltase a la Dirección General del Registro de la Pro- piedad, a tomar las medidas que estime pertinentes, a fin de anotar directamente el dominio de la manzana de referencia a favor del Gobierno Nacional, con destino a Empresas Nacionales de Energía (E. N. D. E.), dependiente del Ministerio de Comercio e Industria de la Nación, atento lo dispuesto en el: artículo 2° del decreto 27.470, de fecha 29 de diciembre de 1950 “Año del Libertador General San Martín”. . | — 990 — | . Art. 5° Autorízase a la Dirección General Inmobiliaria, para que por intermedio de sus organismos correspondientes, proceda a entregar la posesión de la tierra de que se trata, a la repartición nacional peticionante, tomar debida nota en la Guía de Contribuyen- tes y cédula catastral respectiva; y a remitir copia del presente decreto-ley a la Contaduría de la Provincia, a efectos de que los Registros Patrimoniales tomen la debida intervención, según lo establecido por el decreto 11.763, de fecha 13 de noviembre de 1953. Art. 6% Por el Ministerio de Gobierno, se enviará copia de este . decreto-ley con atenta nota de estilo, al Ministerio del. Interior, a . fin de que se sirva cursarlo a Empresas Nacionales de Energia (E. N. D. E.), dependiente del Ministerio de Comercio e Industria de y la Nación. Art. 79 Dése cuenta oportunamente a la Honorable Legislatura. Art. 8% El presente decreto-ley será refrendado por todos los l ministros en Acuerdo General. Art. 9% Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial”; tomen nota la Contaduria de la Provincia y la Dirección General del Registro de la Propiedad, y pase a la Dirección General Inmobiliaria para su conocimiento y demás efectos. Dése cuenta al señor Fiscal de Estado. BONNECARRERE. Ñ E. CortÉs, JUAN R. AGUIRRE LANARI, JAIME E. Ruiz, RODOLFO A. EYHERABIDE, E. Z. DE DECURGEZ, A. R. REYNAL O'CONNOR. i | . | |