Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Ley N° 6697
CONDONA DEUDA - GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - QUE MANTIENE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LAS ARTES - IMPUESTO INMOBILIARIO - TASA RETRIBUTIVA - SERVICIOS DE ALUMBRADO BARRIDO Y LIMPIEZA MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE SUMIDEROS ABL - LEGISLATURA DE LA CIUDAD
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Se condona la deuda que mantiene la Universidad Nacional de las Artes con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en concepto del Impuesto Inmobiliario y de la Tasa Retributiva por los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros (ABL), respecto de los inmuebles de su titularidad. Art. 2°.- La existencia de eventuales pagos imputados a la cancelación de la deuda condonada no da lugar a reclamos, reintegros o repeticiones de suma alguna abonada. Art. 3°.- Si existiera a la fecha reclamo judicial por la deuda, el beneficiario de la presente norma se hará cargo de las costas y costos por el juicio iniciado. Art. 4°.- Comuníquese, etc. Ferrario - Schillagi Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle PROMULGADA POR DECRETO 505 2023