Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 300

DESESTIMA RECURSO JERÁRQUICO - SUBSIDIO DEL DE RECONSIDERACIÓN - CONTRA LA RESOLUCIÓN N° 2738-MHFGC/23 - FIRMA LA SEGUNDA COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS GENERALES - EN EL MARCO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 623-1188-LPU22

Estado no verificadoPublicación B.O.: 30/10/2023Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97 (texto consolidado según Ley N° 6588), las Resoluciones Nros. 2738-MHFGC/2023 y 4291-MHFGC/2023, los Expedientes Electrónicos Nros. 28604005-GCABA-DGCYC/22 y 18806706-GCABA- DGCYC/23, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente Electrónico N° 28604005-GCABA-DGCYC/22 tramitó la Licitación Pública BAC N° 623-1188-LPU22, bajo la modalidad de Convenio Marco de Compras con Compulsa, correspondiente a la contratación de coberturas de seguro con el objeto de amparar diversos riesgos en el marco de la actividad ejecutada por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Resolución N° 2738-MHFGC/23, de fecha 18 de abril de 2023, el Ministerio de Hacienda y Finanzas aprobó la mencionada Licitación Pública y adjudicó la contratación del servicio a las firmas NACION SEGUROS S.A., en la suma total de hasta PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES con 00/100 ($ 383.000.000,00.-); SANCOR COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA, en la suma total de hasta PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES con 00/100 ($ 383.000.000,00.-); y CAJA DE SEGUROS S.A., en la suma total de hasta PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES con 00/100 ($ 234.000.000,00.-), por las cantidades y precios que constan, para cada renglón, en el Anexo I de la mentada Resolución (IF-2023-15219952-GCABA-MHFGC); Que mediante el mismo acto administrativo se desestimó totalmente la oferta presentada, entre otras, por la firma LA SEGUNDA COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS GENERALES (CUIT N° 30-50001770-4), extremo que le fue notificado; Que la mencionada firma a través del Expediente Electrónico N° 18806706/GCABA- DGCYC/23, en fecha 4 de mayo de 2023, interpuso un recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio, contra la Resolución N° 2738/MHFGC/23; Que por la Resolución N° 4291/MHFGC/23 el Ministro de Hacienda y Finanzas desestimó el recurso de reconsideración interpuesto por la firma LA SEGUNDA COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS GENERALES (CUIT N° 30-50001770-4); Que con fecha 27 de julio de 2023, se notificó al recurrente la posibilidad de ampliar o mejorar los fundamentos del recurso jerárquico subsidiario, dentro del plazo de 5 días, conforme los términos del artículo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires; Que cumplido el plazo legal citado, la firma LA SEGUNDA COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS GENERALES (CUIT N° 30-50001770-4) no amplió ni mejoró los fundamentos de su recurso; Que teniendo en consideración que el recurrente no ha aportado nuevos elementos que permitan modificar la decisión adoptada, corresponde desestimar el recurso jerárquico interpuesto en subsidio; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha tomado la intervención de su competencia oportunamente mediante la emisión del Dictamen Jurídico N° IF- 2023-34381088-GCABA-DGREYCO, aconsejando el dictado del presente; Que, a tenor de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Desestimar el recurso jerárquico interpuesto en subsidio del de reconsideración por la firma LA SEGUNDA COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS GENERALES (CUIT N° 30-50001770-4) contra la Resolución N° 2738-MHFGC/23, dictada en el marco de la Licitación Pública N° 623-1188-LPU22. Artículo 2°- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a LA SEGUNDA COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS GENERALES (CUIT N° 30-50001770-4) con copia del Dictamen Jurídico identificado como IF-2023-34381088- GCABA-DGREYCO dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires (texto consolidado según Ley N° 6.588). Para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle INTEGRA RESOLUCIÓN 2738 2023 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS <p>Artículo 1º del Decreto N° 300/23 desestima el recurso jerárquico interpuesto en subsidio del de reconsideración por la firma LA SEGUNDA COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS GENERALES (CUIT Nº 30-50001770-4) contra la Resolución Nº 2738-MHFGC/23, dictada en el marco de la Licitación Pública N° 623-1188-LPU22.</p>