Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 8992

Decreto-ley 8992/1978 - FACULTA AL PODER EJECUTIVO A RECONOCER LA ANTIGüEDAD QUE POSEíA AL 1/6/75 EL PERSONAL PROFESIONAL DEL HOSPITAL "DR. ISIDORO G. IRIARTE" DE QUILMES.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 22/02/1978
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Decreto-ley 8992/1978 DECRETO-LEY 8992/78 LA PLATA, 13 de FEBRERO de 1978. VISTO lo actuado en el expediente número 2946-3538/77 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, ­artículo 1, apartados 1.1. y 1.6. de la Junta Militar, en ejer­cicio de las facultades legislativas por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Facúltase al Poder Ejecutivo a reconocer la antigüedad que poseía al 1 de Junio de 1975, el personal profesional del Hospital "Dr. Isidoro G. Iriarte" de Quilmes, in­corporado al régimen de la Carrera Profesional Hospitalaria por aplicación de lo dispuesto en la Ley 8459, con prescindencia de ­lo establecido en el artículo 80 de la Ley 7878. ARTÍCULO 2 .- El personal mencionado en el artículo anterior deberá poseer designación válida, como titular, prove­niente de las autoridades de la Sociedad de Beneficencia Hospital de Quilmes, "Dr. Isidoro G. Iriarte", donante del mencionado nosocomio. ARTÍCULO 3.- El reconocimiento de los años de antigüedad será resuelto en base a documentación fehaciente, previo dictamen de la Comisión Permanente de la Carrera Profesional Hospitalaria, creada por el artículo 88 de la Ley 7878. ARTÍCULO 4.- La presente Ley entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación. ARTÍCULO 5.- Cúmplase, Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.