Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 367

SE CREA - JARDÍN DE INFANTES INTEGRAL 18 - DISTRITO ESCOLAR 21 - APRUEBA PLANTA ORGÁNICA FUNCIONAL - DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN ESTATAL - SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN - CREACIÓN DE ESCUELAS - CARGOS DOCENTES

Estado no verificadoPublicación B.O.: 31/10/2019Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley de Educación Nacional N° 26.206 y su modificatoria Ley N° 27.045, la Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y sus modificatorias, el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° 29.060.710-GCABA- DGEGE/19, y CONSIDERANDO: Que resulta un objetivo primordial de la política educativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires avanzar hacia la plena inclusión educativa extendiendo la garantía de escolaridad, expandiendo la Red Escolar, creando escuelas para asegurar la igualdad de oportunidades y el acceso, permanencia, reinserción y egreso del sistema educativo, aumentando la oferta de escolarización en el nivel inicial; Que por la Ley N° 5.460, y sus modificatorias, se establece que el Ministerio de Educación e Innovación tiene entre sus objetivos el de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social, administrar y fiscalizar el sistema de educación, asegurando la educación pública estatal laica y gratuita en todos los niveles y modalidades; Que conforme la Ley Nacional de Educación N° 26.206 y su modificatoria Ley N° 27.045, la obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de cuatro (4) años hasta la finalización del nivel secundario; Que por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa del mencionado Ministerio; Que la Ministra de Educación e Innovación propicia la creación del Jardín de Infantes Integral N° 18 del Distrito Escolar 21°, el que estará conformado por seis (6) secciones de jornada completa en su totalidad y funcionará en la calle Castañares N° 6500, de esta Ciudad; Que en atención a la creación propiciada resulta necesaria y oportuna la aprobación de la Planta Orgánico Funcional correspondiente. Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Créase el Jardín de Infantes Integral N° 18 del Distrito Escolar 21°, conformado por seis (6) secciones de jornada completa en su totalidad, el que funcionará en la calle Castañares N° 6500, de esta Ciudad. Artículo 2°.- Apruébase la Planta Orgánica Funcional para el Jardín de Infantes Integral N° 18 del Distrito Escolar 21°, conforme lo detallado en el Anexo (IF-2019- 29298653-GCABA-DGEGE), el que a todos los efectos forma parte integrante del presente. Artículo 3°.- Facúltese a la señora Ministra de Educación e Innovación para designar, cesar o autorizar las liquidaciones correspondientes a los cargos aprobados por el artículo 2°. Artículo 4°.- El gasto que demande el presente Decreto, será imputado a la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación e Innovación, el señor Ministro de Economía y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Economía y Finanzas y pase al Ministerio de Educación e Innovación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Mura - Miguel