Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 398

DESIGNA - DIRECTOR GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL INCLUSIÓN DIGITAL - SEBASTIÁN AGUSTÍN TSUJI - COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - VICEJEFATURA DE GOBIERNO

Estado no verificadoPublicación B.O.: 14/10/2025Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: la Ley 6.684 (texto consolidado por la Ley 6.764), el Decreto 387/23 y sus modificatorios, el Expediente EX-2025-42488203-GCABA-DGTALAVJG, y CONSIDERANDO: Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual contempla en su Título IV a la Vicejefatura de Gobierno; Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General, en la cual se contempla a la Dirección General Inclusión Digital dependiente de la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS) bajo la órbita de la Vicejefatura de Gobierno; Que encontrándose vacante dicho cargo, la Vicejefa de Gobierno propicia designar, a partir del 1° de octubre de 2025, a Sebastián Agustín Tsuji (DNI 29.910.152, CUIL 20- 29910152-6), como Director General de la Dirección General Inclusión Digital dependiente de la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS) bajo la órbita de la Vicejefatura de Gobierno; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Designar, a partir del 1° de octubre de 2025, a Sebastián Agustín Tsuji (DNI 29.910.152, CUIL 20-29910152-6), como Director General de la Dirección General Inclusión Digital dependiente de la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS) bajo la órbita de la Vicejefatura de Gobierno. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar al interesado dejando constancia de que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 de la Ley 6.357 (texto consolidado por la Ley 6.764). Comunicar a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Dirección General Acceso a la Información y Gobierno Abierto y a la Oficina de Integridad Pública. Para su conocimiento y demás efectos remitir a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Vicejefatura de Gobierno. Cumplido, archivar MACRI - Sánchez Zinny