Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 73

SE DECLARA DUELO EN TODO EL TERRITORIO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - FALLECIMIENTO DEL OFICIAL PRIMERO MARCOS MANUEL RIVERA Y DEL OFICIAL MAYOR GREGORIO FERNANDO AQUINO - AGENTES DE POLICÍA DE LA CIUDAD - PERSONAL

Estado no verificadoPublicación B.O.: 12/03/2018Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: El fallecimiento del Oficial Primero Rivera Marcos Manuel y del Oficial Mayor Aquino Gregorio Fernando, ambos de la Policía de la Ciudad, ocurridos el 9 de marzo de 2018, y CONSIDERANDO: Que el Oficial Primero Rivera Marcos Manuel y el Oficial Mayor Aquino Gregorio Fernando, de la Policía de la Ciudad fallecieron en cumplimiento del deber; Que en virtud de ello resulta un deber del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires honrar sus memorias con motivo de sus lamentables fallecimientos. Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Declárase Duelo en todo el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con motivo del fallecimiento del Oficial Primero Rivera Marcos Manuel (D.N.I N° 36.078.663 - L.P. 5442) y del Oficial Mayor Aquino Gregorio Fernando (D.N.I. N° 33.405.211 - L.P.1412), ambos de la Policía de la Ciudad, durante dos (2) días. Artículo 2°.- El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace pública sus condolencias a los familiares del Oficial Primero Rivera Marcos Manuel y del Oficial Mayor Aquino Gregorio Fernando. Artículo 3°.- Dispónese que la Bandera Nacional y la Bandera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán permanecer izadas a media asta en todos los edificios públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante los días de duelo. Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y Subsecretarías del Poder Ejecutivo. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel