Provincia de Buenos Aires · Ley N° 7135

Ley 7135/1965 - DECLARASE DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETA A EXPROPIACION FRACCION DE TIERRA UBICADA EN LA CIUDAD DE SALADILLO.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 10/12/1965
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 7135 LEY 7135 Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación fracción de tierra ubicada en la Ciudad de Saladillo. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación la fracción de tierra ubicada en la intersección de las calles 12 de Oc­tubre y Doctor Posadas de la Ciudad de Saladillo, partido del mismo nombre, designada catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 70, Parcelas 1 y 2, según título lotes 1 y 2 de la Manzana 21, inscripta en el Registro de la Propiedad con el número del Folio 94/49, a nombre del señor Francisco M. Pisano, o quien o quienes resulten sus actuales propietarios. ARTÍCULO 2.- La fracción a que se refiere el artículo anterior se desti­nará a la construcción del edificio del Jardín de Infantes Nº 1 de Saladillo, mediante el sistema de consorcio. ARTÍCULO 3.- La inversión que demande el cumplimiento de la presente Ley, deberá ser atendida con Créditos del Presupuesto de Capital de la Dirección General de Escuelas. ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.